Decenas de cubanos con el documento I220A en EE.UU. han comenzado a recibir un parole interino de ICE, permitiéndoles solicitar la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano. El criterio de selección es incierto, pero los beneficiarios ya habían solicitado su residencia y no tenían casos pendientes en la corte.
Decenas de cubanos que se encuentran en libertad bajo palabra, comúnmente conocido como I220A, en los Estados Unidos han comenzado a recibir un parole interino enviado por ICE, el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas. Este documento les permitirá solicitar la residencia bajo el ajuste cubano.
Aunque aún no está claro cuál es el criterio de selección utilizado por el gobierno para otorgar estos paroles, ICE tiene la discreción de otorgar este beneficio. Hasta ahora, se ha conocido un solo punto en común entre los que han recibo este parole interino. Los beneficiarios son personas que ya habían solicitado su residencia y no tenían casos pendientes en la corte.
Esta noticia representa un alivio para la comunidad cubana en espera de una solución a su situación migratoria. Aunque no se debe perder la esperanza, es importante destacar que aquellos con el formulario I220 A no necesitan desesperarse, ya que estos casos beneficiados recibieron el parole sin solicitarlo ni pagar ninguna tarifa. Este desarrollo ofrece un rayo de esperanza para aquellos que buscan regularizar su estatus en los Estados Unidos.
¿Por qué los cubanos con I220A no pueden ajustarse a la Ley de Ajuste Cubano?
La razón por la cual los cubanos con un I220A no pueden aplicar a la Ley de Ajuste Cubano se basa en los requisitos específicos de esta ley y en la interpretación de los términos "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" en los Estados Unidos.
La Ley de Ajuste Cubano de 1966 permite a los ciudadanos cubanos solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos después de haber permanecido en el país durante un año y un día. Un requisito clave de esta ley es que los solicitantes deben haber sido "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" en los Estados Unidos.
El I-220A es un documento de "parole condicional" que recibieron muchos cubanos tras cruzar la frontera de los EE.UU. Sin embargo, la corte ha determinado que este documento no cumple con los requisitos de haber sido "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" según la Ley de Ajuste Cubano. La razón es que el I-220A no se considera una forma de inspección o admisión formal ni una libertad condicional legal en el sentido que requiere la ley.
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