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- Obligatorio Llevar un Intérprete en la Entrevista de Asilo Afirmativo
Solicitantes de asilo afirmativo deben llevar su propio intérprete a sus entrevistas con USCIS, en caso de que no sepa hablar en inglés. De no hacerlo se podrá enfrentar a una desestimación de su caso de asilo. A partir del 13 de septiembre, se restablece un requisito que obliga a los solicitantes de asilo afirmativo en Estados Unidos a llevar su propio intérprete a sus entrevistas con USCIS. Aunque esto ha generado preocupaciones sobre el acceso a intérpretes para aquellos que no pueden costearlo, los expertos afirman que esta medida no afecta a los recién llegados ni a los migrantes en la frontera. Este requisito no es nuevo, USCIS ya exigía a los solicitantes proporcionar su propio intérprete antes de la pandemia de COVID-19, cuando se comenzó a ofrecer el servicio temporalmente como medida de prevención contra contagios. ¿Qué puede pasar si no llevo un intérprete a mi entrevista de asilo afirmativo? En caso de que un migrante no hable inglés y no presente un intérprete válido en su entrevista, y si no puede demostrar una razón justificada para no hacerlo, USCIS podría considerar esto como una falta a la entrevista, lo que podría llevar a la desestimación de su solicitud de asilo. Es importante destacar que esta regla solo aplica a aquellos que están en medio de un proceso de asilo afirmativo, es decir, aquellos que no enfrentan un proceso de deportación del país. El sistema de asilo de EE. UU. se divide en asilo afirmativo y asilo defensivo. Los solicitantes de asilo afirmativo son aquellos que han llegado al país con una visa o sin ser detectados por las autoridades de inmigración y se presentan ante USCIS para solicitar asilo. Por otro lado, los migrantes que son detenidos en la frontera son sometidos a un proceso de deportación que puede ser apelado a través de una solicitud de asilo defensivo y una entrevista de miedo creíble, para la cual se les proporciona un intérprete judicial. ¿Cuánto tiempo puede demorar mi entrevista de asilo afirmativo? El sistema de asilo de EE. UU. se encuentra sobrecargado, y las entrevistas pueden demorar años en realizarse. Según el proyecto TRAC de la Universidad de Siracusa, hacia finales de 2022, aproximadamente 185,057 personas estaban esperando una entrevista de asilo afirmativo. En enero de 2023, el congresista republicano Andy Barr señaló que había alrededor de 500,000 solicitudes de asilo pendientes en el país. Aunque esta medida pueda plantear desafíos para algunos solicitantes, su aplicación se restringe a casos específicos dentro del proceso de asilo afirmativo en Estados Unidos.
- Juicio del Parole Humanitario en su Etapa Final
El 27 de octubre se realizó la audiencia final sobre el programa de parole humanitario que beneficia a 30,000 personas al mes de cuatro nacionalidades. Los argumentos legales fueron presentados, y se espera un veredicto en noviembre. Los estados demandantes argumentan que el programa incumple con la ley de procedimientos administrativos y excede la autoridad de inmigración. En una jornada que marcó un hito en el ámbito migratorio de los Estados Unidos, el viernes 27 de octubre se llevó a cabo la audiencia final del juicio que decide el destino del programa de parole humanitario, el cual beneficia a 30,000 personas mensualmente, provenientes de cuatro nacionalidades distintas. El pasado viernes marcó la fecha límite para que las partes interesadas en la demanda presentaran sus argumentos legales, respaldando sus respectivas posturas en este caso que ha generado un debate apasionado en todo el país. Aunque aún no se conoce la fecha exacta en la cual el juez emitirá su veredicto final, las expectativas apuntan a que la decisión final se revele en el transcurso del próximo mes de noviembre. Los estados demandantes, en un esfuerzo por frenar el programa hasta que el juez dicte su fallo, han expresado sus preocupaciones y argumentos legales en un intento por modificar el destino del programa de parole. Entre los principales argumentos se incluye la alegación de que la implementación del programa incumple con la ley de procedimientos administrativos al no haber seguido un periodo de aviso y comentarios por parte del público. Además, se alega que esta medida se considera arbitraria y caprichosa, y que excede la autoridad que poseen bajo el código de inmigración para emitir parole. Esta audiencia crucial ha estado bajo la lupa, ya que la decisión del juez no solo podría afectar el futuro del programa de parole humanitario sino también tener un impacto directo en las vidas de miles de personas que buscan asilo y refugio en los Estados Unidos.
- Cubanos con I220A reciben parole interino sin solicitarlo.
Decenas de cubanos con el documento I220A en EE.UU. han comenzado a recibir un parole interino de ICE, permitiéndoles solicitar la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano. El criterio de selección es incierto, pero los beneficiarios ya habían solicitado su residencia y no tenían casos pendientes en la corte. Decenas de cubanos que se encuentran en libertad bajo palabra, comúnmente conocido como I220A, en los Estados Unidos han comenzado a recibir un parole interino enviado por ICE, el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas. Este documento les permitirá solicitar la residencia bajo el ajuste cubano. Aunque aún no está claro cuál es el criterio de selección utilizado por el gobierno para otorgar estos paroles, ICE tiene la discreción de otorgar este beneficio. Hasta ahora, se ha conocido un solo punto en común entre los que han recibo este parole interino. Los beneficiarios son personas que ya habían solicitado su residencia y no tenían casos pendientes en la corte. Esta noticia representa un alivio para la comunidad cubana en espera de una solución a su situación migratoria. Aunque no se debe perder la esperanza, es importante destacar que aquellos con el formulario I220 A no necesitan desesperarse, ya que estos casos beneficiados recibieron el parole sin solicitarlo ni pagar ninguna tarifa. Este desarrollo ofrece un rayo de esperanza para aquellos que buscan regularizar su estatus en los Estados Unidos. ¿Por qué los cubanos con I220A no pueden ajustarse a la Ley de Ajuste Cubano? La razón por la cual los cubanos con un I220A no pueden aplicar a la Ley de Ajuste Cubano se basa en los requisitos específicos de esta ley y en la interpretación de los términos "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" en los Estados Unidos. La Ley de Ajuste Cubano de 1966 permite a los ciudadanos cubanos solicitar la residencia permanente en los Estados Unidos después de haber permanecido en el país durante un año y un día. Un requisito clave de esta ley es que los solicitantes deben haber sido "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" en los Estados Unidos. El I-220A es un documento de "parole condicional" que recibieron muchos cubanos tras cruzar la frontera de los EE.UU. Sin embargo, la corte ha determinado que este documento no cumple con los requisitos de haber sido "inspeccionados y admitidos" o "puestos en libertad condicional" según la Ley de Ajuste Cubano. La razón es que el I-220A no se considera una forma de inspección o admisión formal ni una libertad condicional legal en el sentido que requiere la ley.
- ¿Por qué el cubano con I-220A no es elegible para ajustar su estatus por Ley de Ajuste Cubano?
El I-220A es un parole condicional para liberar a inmigrantes de la custodia. Deben cumplir con audiencias y estar dispuestos a deportarse. Para residencia bajo Ley de Ajuste Cubano, se requiere admisión legal, como entrada con permiso oficial. En este artículo explicaremos la diferencia entre ambas entradas. La reciente decisión de la Junta de Apelaciones de Migración de Estados Unidos, emitida el 11 de septiembre, ha suscitado interrogantes en la comunidad cubana. La resolución establece que los cubanos liberados en la frontera bajo la forma I-220A o parole condicional no son elegibles para aplicar a la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano. Esto plantea la pregunta: ¿cuál es la diferencia fundamental entre este parole condicional y el proceso de admisión convencional? Diferencia entre I-220A y el Parole aceptado para la Ley de Ajuste Cubano. El I-220A es un parole condicional que autoriza la liberación de la custodia de las autoridades de inmigración, permitiendo a los inmigrantes continuar con el proceso jurídico sin necesidad de permanecer detenidos. Sin embargo, este beneficio conlleva ciertas obligaciones. El inmigrante liberado bajo el I-220A se compromete a asistir a todas las audiencias y entrevistas relacionadas con su caso, además de estar dispuesto a entregarse para su deportación si se le requiere. Es importante destacar que este artículo tiene un carácter meramente informativo y no pretende sustituir el consejo legal. Por lo tanto, contar con la orientación de un abogado de inmigración es fundamental para comprender plenamente las opciones disponibles y tomar decisiones informadas en su proceso. En Legal en USA estamos a su disposición para asesorarle en su proceso legal, solo debe llamarnos al 305-446-8686. Por otro lado, para ser elegible para la aprobación de la residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano, el individuo debe haber pasado por un proceso legal de admisión. Este proceso implica una entrada legal al país, después de haber sido inspeccionado y autorizado por un oficial migratorio en un punto de entrada oficial. Un ejemplo de este tipo de admisión legal es la entrada bajo un permiso de entrada emitido en conformidad con el artículo 212(d)(5)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Estos permisos se consideran como autorizaciones legales de entrada y permiten al inmigrante cambiar su estatus migratorio.
- Estados Unidos Lanza Programa de Parole para Ecuatorianos
Estados Unidos implementó un nuevo programa de parole para ecuatorianos con familiares directos ciudadanos o residentes permanentes. Beneficiarios con un formulario I-130 aprobado pueden permanecer en EE. UU. por tres años mientras esperan la residencia permanente. El pasado miércoles 18 de octubre, Estados Unidos anunció la implementación de un nuevo programa de parole para ecuatorianos que tienen familiares directos con ciudadanía o residencia permanente en el país. Según el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), los ecuatorianos admitidos en este programa podrán permanecer en EE. UU. durante tres años mientras esperan el proceso para obtener su residencia permanente legal. Este no se trata de un programa al que los interesados puedan aplicar, sino que aquellos que se encuentren en espera de un proceso de reunificación familiar y ya hayan completado el formulario I-130 recibirán una invitación por correo electrónico para que comiencen el proceso. Para ser elegibles tanto peticionarios como beneficiaros deben cumplir una serie de requisitos: Los peticionarios deben: Ser ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos. Rellenar el formulario gratuito para comenzar el proceso una vez reciban la invitación. Los beneficiarios deben: Estar fuera de Estados Unidos; No tener una visa de turista; Someterse a evaluaciones médicas y revisiones de antecedentes penales. Este programa es parte de los esfuerzos para reducir la migración irregular. Por tanto, si usted está en un proceso de reunificación familiar para el cual su familiar rellenó un formulario I-130, debe estar atento a su correo electrónico, pues el departamento de estado le enviará una invitación para que participe en este proceso.
- Nuevo formulario para solicitud de asilo de quienes han recibido una cancelación de su deportación
USCIS ha emitido nuevas instrucciones para la solicitud de asilo de extranjeros cuyos procesos de deportación fueron cancelados. Estos nuevos procedimientos entrarán en vigos a aprtir del 16 de octubre de 2023. A partir del 16 de octubre de 2023, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha emitido nuevas instrucciones para las solicitudes de asilo de extranjeros cuyos procesos de deportación han sido cancelados o desestimados por la Corte de Inmigración en los Estados Unidos. Para aquellos afortunados cuyas órdenes de deportación han sido canceladas y planean solicitar asilo en los Estados Unidos, es crucial prestar atención a estas novedades. De no hacerlo, podrían enfrentar retrasos en sus solicitudes o incluso perder sus derechos de permanencia en el país. USCIS ha emitido estas nuevas instrucciones con respecto a las solicitudes de asilo presentadas por personas cuyos procedimientos de deportación han sido cancelados o desestimados por la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés). Esto implica que, a partir del 16 de octubre, si tus procedimientos de deportación han sido cancelados y optas por presentar una solicitud de asilo, debes hacerlo utilizando una versión actualizada del formulario I-589 (Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación). USCIS recomienda presentar esta solicitud a través de una localidad segura (‘lockbox’) con jurisdicción sobre tu lugar de residencia, para garantizar la seguridad de la información enviada. Si tenías una solicitud de asilo pendiente cuando la Corte de Inmigración desestimó o canceló tus procedimientos de deportación, debes incluir información adicional o actualizada relacionada con tu solicitud de asilo en el nuevo formulario. En cuanto al trámite para solicitar una autorización de empleo debido a la espera de más de 180 días desde la fecha original de tu solicitud de asilo, USCIS sugiere consultar la página del formulario I-765 para obtener información sobre los documentos requeridos y otros requisitos. Estos cambios impactan a los solicitantes de asilo que anteriormente habían presentado solicitudes de asilo afirmativo con USCIS y cuyos casos fueron referidos a la Corte de Inmigración después de que sus solicitudes fueron canceladas o desestimadas. Estos casos se convierten en asilos “defensivos”. Hasta el 30 de junio de 2023, USCIS tenía acumulados 920,963 formularios I-589 de asilo afirmativo, lo que ha llevado a retrasos significativos en la resolución de estos casos.
- ¿Qué hacer si llego a Estados Unidos con Parole Humanitario?
Al ingresar a los Estados Unidos, todo beneficiario de Parole Humanitario debe realizar la solicitud de su permiso de trabajo y el Social Security Number, para comenzar su vida en este país. Siempre es recomendable buscar asesoramiento legal para estos procesos. Desde enero hasta la fecha más de 200 000 inmigrantes cubanos, nicaragüenses, venezolanos y haitianos han entrado a los Estados Unidos mediante el programa de parole humanitario establecido por la administración Biden. Luego de pasar por todo el proceso de selección y el estresante momento que puede llegar a ser la entrevista de entrada, los inmigrantes que entran con el Parole Humanitario deben realizar una serie de procesos necesarios para comenzar a trabajar legalmente en el país, obtener un ID o la licencia de conducir, hacer cuentas de banco y más. En este artículo explicaremos el paso a paso que debes seguir para comenzar tu vida en Estados Unidos si entraste con Parole Humanitario. ¿Qué debo hacer si entré con Parole Humanitario a Estados Unidos? Las personas que ingresan a Estados Unidos con Parole Humanitario deben realizar dos pasos sumamente importantes. Solicitar una autorización de empleo presentando el Formulario I-765 con el código de categoría (c)(11). Junto con el permiso de trabajo deben solicitar un número de Seguro Social (SSN) a través del mismo formulario, ya que estos números se utilizan para informar salarios y determinar la elegibilidad para beneficios del Seguro Social. Una vez con estos dos pasos completados, los beneficiarios podrán ir a solicitar un ID del Estado en el que residen, podrán presentarse a los exámenes para obtener su licencia de conducir, podrán ir al banco y abrir sus cuentas Si no te sientes seguro en el proceso no dudes en contactar con un especialista para que te asesore. En Legal en USA estamos completamente en disposición de ayudarte, solo debes llamar al 305-446-8686. ¿Qué pasa si entré con Parole Humanitario y cambio de dirección? Cuando cambias de dirección mientras tienes parole humanitario, debes notificar al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) dentro de los 10 días posteriores al cambio. Puedes hacerlo en línea a través del sistema electrónico de actualización de direcciones del USCIS o enviando el Formulario AR-11 por correo. Mantener tu dirección actualizada con el USCIS es fundamental para asegurarte de recibir cualquier comunicación oficial relacionada con tu estatus migratorio. Si no estás seguro de cómo es el proceso, contacta a un especialista de inmigración. En Legal en USA estamos a tu disposición para ayudarte con tu proceso migratorio, solo debes llamar al 305-446-8686. ¿Puedo salir de Estados Unidos si entré con Parole Humanitario? Es sumamente importante conocer que el Parole Humanitario es aprobado para una sola entrada al país. En caso de que necesite salir del país deberá obtener un Documento de Viaje Adelantado mediante el Formulario I-131 antes de viajar al extranjero, de lo contario su permiso de permanencia temporal será cancelado. En caso de que necesites salir del país y aún no hayas obtenido tu residencia, contacta antes a un especialista para que te guíe en el proceso pues un error puede traer consecuencias negativas en tu caso migratorio. En Legal en USA estamos para ayudarte a evitar todos esos errores, solo tienes que llamarnos al 305-446-8686.
- ¿Qué necesito para ganar mi caso de asilo?
El asilo ofrece protección a personas que ya se encuentran en Estados Unidos y temen regresar a su país de origen porque sufrieron o creen que pueden sufrir persecución por su raza, religión, nacionalidad, asociación a un grupo social o su ideología política. Vías para solicitar el asilo Para solicitar asilo en los Estados Unidos, existen tres vías principales: Proceso Afirmativo de Asilo con USCIS: Debe presentar una solicitud de asilo (Formulario I-589) ante USCIS dentro de los primeros seis meses de su llegada al país, a menos que pueda demostrar circunstancias excepcionales. Si su solicitud es rechazada y no tiene estatus migratorio legal, será referido a un juez de inmigración. Entrevista de Méritos de Asilo después de Temor Creíble: Si enfrenta un proceso de remoción expedita y expresa temor de persecución o tortura, será evaluado por USCIS. Si se determina que tiene temor creíble, se realizará una entrevista de méritos de asilo y, en algunos casos, una consideración adicional para la suspensión de la remoción y protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT). Proceso de Defensa de Asilo: Este proceso ocurre cuando se solicita asilo como defensa contra su deportación. Puede ser referido por USCIS a un juez de inmigración o colocado en un proceso de remoción debido a su arresto en los Estados Unidos sin documentación legal adecuada. El proceso de asilo implica entrevistas, evaluaciones de temor creíble y, en casos de defensa de asilo, procedimientos de confrontación en los que el juez de inmigración decide la elegibilidad para el asilo. Si se concede asilo, puede obtener la residencia permanente. Si se le niega, se considerarán otras opciones y se podría ordenar la deportación. 3 elementos claves para un caso de asilo exitoso: Para aumentar las posibilidades de éxito en una solicitud de asilo, es esencial seguir ciertos pasos. En primer lugar, el solicitante debe presentar la solicitud dentro de los primeros seis meses después de su llegada a los Estados Unidos. Además, buscar la ayuda de un especialista legal. Pero quizás lo más crucial sea fundamentar adecuadamente el caso. ¿Cómo fundamentar correctamente mi asilo? En primer lugar, se debe mantener coherencia en las fechas y eventos relatados en la solicitud. También es importante respaldar el caso con evidencia concreta, como cartas, denuncias o artículos relevantes. Además, al narrar la historia, es esencial enfocarse en los posibles daños que el solicitante podría enfrentar si regresa a su país de origen, evitando generalizaciones o discusiones sobre la situación económica del país.
- Cubanos protestan contra la Negación del I220A como Parole Humanitario.
Un grupo de cubanos con I220A se manifiestan tras la noticia de que esta forma de entrada no es aceptada como parole para aplicar a la Ley de Ajuste Cubano. El domingo pasado, un grupo de cubanos que cruzaron la frontera de Estados Unidos y recibieron el formulario I220 A se unió en una manifestación frente al conocido restaurante Versailles en Miami. Su objetivo era claro: enviar un mensaje contundente a las autoridades de inmigración. Su principal demanda es que se reconozca el I220A como un parole humanitario, lo que abriría la puerta a la posibilidad de solicitar la residencia de manera más rápida y así salir del limbo migratorio que los aqueja. La decisión de las autoridades estadounidenses de descartar el I220A como un documento válido para obtener la residencia legal ha sumido en la frustración y desesperanza a miles de cubanos que se encuentran en suelo estadounidense sin una perspectiva clara. Esta medida ha generado un debate candente, con algunos cuestionando por qué se permite la entrada de nuevos migrantes sin antes abordar la situación de aquellos que ya están en el país. En medio de este panorama incierto, los abogados de inmigración aconsejan a los cubanos seguir adelante con sus casos de asilo político a través de los tribunales estadounidenses, ya que, por el momento, parece ser la única vía para lograr la legalización en el país. La comunidad cubana en Estados Unidos vive bajo una nube de incertidumbre, mientras buscan desesperadamente una solución para su situación migratoria.
- El Asilo Político Es Un Derecho de Todo Individuo
El asilo político es un derecho humano universal que permite a individuos perseguidos por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular o opiniones políticas, buscar y recibir protección en cualquier país del mundo, conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados. En una rueda de prensa esta semana, William Spindler, portavoz de las Naciones Unidas, destacó que en la frontera entre México y Estados Unidos se ha sobrepasado la capacidad para recibir y brindar asistencia a refugiados y migrantes durante varios meses. Spindler hizo hincapié en que la situación humanitaria en el lado mexicano de la frontera sigue siendo crítica, especialmente para las familias que llegan con niños pequeños, quienes se encuentran angustiados y desorientados. Debido a la sobrepoblación de los albergues, muchas personas se ven obligadas a alojarse en campamentos improvisados junto a estos, utilizando tiendas de campaña. El portavoz resaltó que buscar asilo es un derecho humano fundamental. Además, enfatizó la necesidad de contar con sistemas efectivos de recepción y procesamiento en las fronteras, incluyendo la frontera sur de Estados Unidos, para restablecer el orden, la humanidad y la equidad en este contexto. El asilo político como derecho humano en los Estados Unidos. El asilo es considerado un derecho humano fundamental porque se refiere a la protección brindada a individuos que huyen de la persecución en su país de origen debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular o sus opiniones políticas. Este derecho está consagrado en varios instrumentos internacionales y nacionales de derechos humanos. En Estados Unidos, el derecho al asilo está respaldado por la Ley de Refugiados de 1980, integrada en el Título 8 del Código de los Estados Unidos. Esta ley establece el marco legal para el asilo en el país, definiendo a los refugiados de manera similar a la Convención de 1951 y proporcionando procedimientos para solicitar asilo. Las solicitudes de asilo afirmativo son manejadas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS), mientras que las solicitudes de asilo defensivo, cuando una persona ya está en procedimientos de deportación, son gestionadas por la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). Si necesitas realizar tu solicitud de asilo y defendarla ante la corte, no tardes en contactar con un especialista que te guíe en tu caso. Es sumamente importante contar con asesoramiento legal en tu caso de asilo, y en Legal en USA no queremos dejarte solo en ese proceso. Solo tiene que llamar al 305-446-8686 y tendrás a los mejores especialistas a tu disposición.










