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Se encontraron 184 resultados sin ingresar un término de búsqueda

  • Administración Trump implementa cambios en el proceso de ciudadanía

    La administración Trump implementó cambios en el proceso de ciudadanía  que endurecen la evaluación del “buen carácter moral”. El gobierno del presidente Donald Trump anunció un cambio de política que afecta directamente a los inmigrantes legales que buscan convertirse en ciudadanos de Estados Unidos. A través de nuevas directrices emitidas por USCIS , se ordena a los oficiales de inmigración dar mayor peso a la evaluación del “buen carácter moral” , uno de los requisitos indispensables para obtener la naturalización . Hasta ahora, este requisito generalmente se consideraba cumplido siempre que el solicitante no hubiera cometido delitos graves o conductas expresamente prohibidas por la ley de inmigración, como asesinatos, felonías agravadas, delitos de drogas o problemas de alcoholismo habitual. Sin embargo, la nueva política amplía el alcance de la evaluación, indicando que ya no bastará con demostrar la ausencia de delitos, sino que será necesario un análisis más integral de la conducta del solicitante . USCIS instruyó a sus oficiales a considerar factores positivos como la participación comunitaria, el cuidado de la familia, la educación, el historial de empleo estable y legal, el tiempo de residencia en el país y el cumplimiento con el pago de impuestos. A la vez, se ordena aplicar “mayor escrutinio”  sobre conductas que, aunque legales, puedan considerarse inconsistentes con la responsabilidad cívica, como infracciones de tránsito recurrentes, hostigamiento o conductas agresivas en la comunidad. Un abogado de inmigración te ayuda a revisar tu historial completo y a asegurarte de que ningún detalle pueda afectar la evaluación de tu “buen carácter moral”. La política también señala que se deben tener en cuenta elementos de rehabilitación en casos de faltas pasadas, como el cumplimiento de condenas, el pago de impuestos atrasados o de manutención, y la presentación de cartas de apoyo de la comunidad. Críticos de la medida, como Doug Rand, exfuncionario de USCIS, han señalado que estas disposiciones podrían usarse para ampliar las causas de negación de ciudadanía , incluyendo conductas menores que históricamente no habrían sido consideradas relevantes, lo cual podría disuadir a muchos inmigrantes de iniciar el proceso. Cada año, entre 600,000 y 1 millón de inmigrantes se naturalizan en Estados Unidos, de acuerdo con datos de USCIS. El requisito de demostrar buen carácter moral ha sido siempre parte de este proceso, pero bajo estas nuevas reglas el estándar se vuelve más subjetivo y puede abrir la puerta a interpretaciones más estrictas por parte de los oficiales.

  • ¿ICE tiene acceso a tu información en USCIS si tienes un caso pendiente?

    Un caso pendiente con USCIS no garantiza protección contra una detención de ICE, ya que ambas agencias manejan sistemas separados y ICE puede actuar si no recibe notificación o actualización sobre tu proceso migratorio. Tener un caso pendiente con USCIS, como una solicitud de residencia, asilo u otro beneficio migratorio, no siempre significa que ICE no pueda detenerte. Aunque ambas agencias pertenecen al mismo Departamento de Seguridad Nacional, sus funciones y sistemas son distintos y no comparten información en tiempo real. USCIS se encarga de procesar beneficios, mientras que ICE tiene como misión la aplicación de la ley migratoria, incluyendo arrestos y deportaciones. Esto implica que un proceso activo en USCIS no elimina automáticamente registros de sobreestadía, órdenes de deportación o datos antiguos que puedan estar en las bases de ICE. Por ejemplo, si en el pasado acumulaste más de 180 días de estadía ilegal o tienes una orden de remoción previa sin cerrar, ICE podría actuar aunque tu caso esté en trámite. Un abogado de inmigración se encarga de que la información de tu caso llegue a la agencia correcta en caso de una detención. El hecho de tener una solicitud pendiente tampoco borra las alertas que ya existen en los sistemas de aplicación de la ley, y solo la aprobación del caso o una decisión discrecional de ICE de pausar el proceso ofrecen una protección real. En la práctica, muchos inmigrantes creen que con un recibo de USCIS en mano ya están protegidos, pero eso no es así; ICE puede no estar al tanto de tu trámite a menos que se le notifique de forma directa. Por eso, es recomendable que tu abogado contacte a ICE para confirmar si hay acciones activas en tu contra y, de ser necesario, solicite un “stay of removal” o discreción procesal mientras USCIS procesa tu caso. También es útil tener siempre copias de los recibos de tu caso, certificados y avisos de entrevista para presentarlos rápidamente si la situación lo requiere. En resumen, un caso pendiente con USCIS es una oportunidad para regularizar tu estatus, pero no un escudo absoluto contra la detención migratoria. La clave está en la asesoría legal oportuna, la verificación de tu situación en los sistemas de ICE y EOIR, y la comunicación estratégica para evitar que un problema procesal ponga en riesgo tu permanencia en el país.

  • USCIS actualiza procesamiento de visas de inmigrante a menores de edad.

    USCIS anunció un cambio en el cálculo de edad bajo la CSPA que afectará la elegibilidad de visas a menores de edad, usando únicamente las Fechas de Acción Final a partir del 15 de agosto de 2025 El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha anunciado un cambio importante que afectará a familias con hijos incluidos en procesos de ajuste de estatus o solicitudes de visa de inmigrante. Este cambio modifica la forma en que se calcula la edad de los beneficiarios menores bajo la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA) . ¿Cómo era antes el cálculo para aplicar a las visas siendo menor de edad? Desde el 14 de febrero de 2023, USCIS permitía calcular la edad bajo CSPA utilizando la tabla de Fechas para Presentar Solicitudes del Boletín de Visas en algunos casos. Esto beneficiaba a muchas familias, porque esa fecha suele ser anterior a la de Fechas de Acción Final (más conocido como Fecha de Prioridad), lo que “congelaba” la edad del menor antes y le daba más oportunidades de mantener su estatus de “hijo” a efectos migratorios. Este sistema, sin embargo, generaba un trato distinto entre quienes solicitaban la residencia dentro de Estados Unidos (ajuste de estatus) y quienes lo hacían desde el extranjero (proceso consular), ya que el Departamento de Estado siempre ha usado la tabla de Fechas de Acción Final. ¿Cómo será ahora el cálculo CSPA para las visas de los menores de edad? A partir del 15 de agosto de 2025, USCIS solo utilizará la tabla de Fechas de Acción Final para determinar cuándo una visa está disponible y, por lo tanto, para calcular la edad bajo CSPA.Con este cambio, el cálculo será uniforme tanto para quienes solicitan desde Estados Unidos como para quienes lo hacen desde fuera del país. Esto significa que, al ser las Fechas de Acción Final normalmente más tardías que las de Presentar Solicitudes, menos jóvenes podrán beneficiarse de la protección de CSPA, y más podrían “envejecer” fuera de su categoría antes de que la residencia esté disponible. ¿Qué pasará con quienes ya están en proceso? USCIS aplicará las reglas anteriores (14 de febrero de 2023) a las solicitudes de ajuste de estatus que estén pendientes antes del 15 de agosto de 2025, ya que esas personas pudieron basarse en esa política al presentar sus casos. Además, si una persona no solicitó la residencia dentro del plazo de un año desde que una visa estuvo disponible, pero puede demostrar circunstancias extraordinarias, USCIS podrá aplicar el cálculo de edad según las reglas antiguas, siempre que el caso sea anterior a la fecha de cambio. Impacto para las familias El cambio preocupa a muchas familias porque, si un hijo cumple 21 años antes de que su visa esté disponible bajo las nuevas fechas, pasará a otra categoría migratoria con tiempos de espera mucho más largos, lo que puede provocar separaciones familiares.Por eso, es fundamental que las familias con hijos cerca de los 21 años evalúen con un abogado si pueden presentar sus solicitudes antes del 15 de agosto de 2025 para aprovechar las reglas actuales. ¿Qué es la CSPA o Ley de Protección al Estatus del Menor? La CSPA, por sus siglas en inglés Child Status Protection Act  o Ley de Protección del Estatus del Niño , es una ley aprobada en 2002 para evitar que ciertos hijos incluidos en peticiones de inmigración pierdan su elegibilidad para obtener la residencia permanente por cumplir 21 años mientras esperan que su caso avance. La CSPA no cambia la edad real del beneficiario, pero establece un método especial para calcularla a efectos migratorios.Bajo este cálculo, se puede “restar” del tiempo que la petición estuvo pendiente de aprobación y así reducir la edad considerada por inmigración. Además, para beneficiarse de la CSPA, el joven debe solicitar la residencia dentro del plazo de un año desde que su visa esté disponible (según el Boletín de Visas).

  • ¿Qué hacer si USCIS cerró tu caso de asilo?

    USCIS está desestimando casos de asilo aplicando procedimientos ilegales de remoción expedita, lo que abre la puerta a defensas y demandas federales para proteger a los solicitantes. En los últimos meses, numerosos solicitantes de asilo político ante USCIS han recibido cartas de notificación informando que sus casos están siendo desestimados. El argumento del gobierno es que, según su expediente migratorio con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), en el momento de su entrada a Estados Unidos fueron detenidos y puestos en proceso de remoción expedita, recibiendo un Formulario I-860. Además, a muchos de estos solicitantes se les ha instruido acudir a oficinas de ICE para solicitar una entrevista de miedo creíble, incluso en casos donde han vivido más de dos décadas en el país y nunca antes se les realizó dicha entrevista. El abogado de inmigración Eduardo Soto ha identificado serios problemas legales en este procedimiento, que pueden servir como base para interponer demandas federales contra el gobierno. 1. Límite de tiempo para entrevistas de miedo creíble: Por ley, solo puede realizarse una entrevista de miedo creíble a personas que llevan menos de dos años en el país. Cuando el inmigrante ha residido en EE.UU. por más de ese tiempo, tiene derecho a que su caso sea visto directamente por un juez de inmigración bajo la Sección 240 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Esto significa que, si una persona lleva más de dos años en el país y se le solicita una entrevista de miedo creíble, el procedimiento estaría fuera de lo que la ley permite. 2. Procedimientos bajo la Sección 235 de INA: Los procesos de remoción expedita se regulan bajo la Sección 235 de la INA, que exige que el inmigrante sea entrevistado para su miedo creíble antes de ser puesto en remoción expedita. Si en el momento de su entrada al país la persona no fue entrevistada para determinar su miedo creíble, el proceso de remoción expedita no habría cumplido con los requisitos legales. 3. Formas legales de ser liberado bajo la Sección 235: Cuando una persona es procesada bajo la Sección 235 de la INA, solo existen dos vías legales para ser liberado, mediante una Orden de Supervisión (Formulario I-220B), o a través de un Parole. Si el inmigrante fue liberado sin recibir una Orden de Supervisión (I-220B), la ley establece que debía haber recibido un Parole, ya que la Sección 235 no permite ser liberado bajo otra forma, como fianza, libertad bajo palabra o Formulario I-220A. Estos puntos constituyen argumentos sólidos para presentar una demanda federal que busque: Reconocer la liberación del inmigrante como un Parole, lo que puede abrir la puerta a otros beneficios migratorios. Impugnar procedimientos ilegales realizados por el gobierno en la tramitación del asilo. En Legal en USA, ya contamos con demandas preparadas y argumentos legales desarrollados para defender a clientes que se encuentran en esta situación. Si recibiste una notificación de USCIS desestimando tu caso de asilo o te están citando para una entrevista de miedo creíble a pesar de llevar muchos años en el país, es importante actuar rápido. Nuestros abogados están listos para evaluar tu caso y llevar tu defensa hasta el éxito. Contáctanos hoy mismo para recibir asesoría legal especializada y proteger tus derechos.

  • Extensión del TPS para Honduras y Nicaragua: ¿Qué significa para los permisos de trabajo?

    USCIS confirmó la extensión automática del TPS y permisos de trabajo para hondureños y nicaragüenses hasta el 18 de noviembre de 2025. El 4 de agosto de 2025, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) actualizó su página oficial para confirmar la extensión automática del Estatus de Protección Temporal (TPS)  para Honduras y Nicaragua hasta el 18 de noviembre de 2025 , por decisión de una jueza federal. Esta decisión también implica que los permisos de trabajo (EAD) de los beneficiarios de TPS  de estos países se extienden automáticamente  hasta esa misma fecha, independientemente de la fecha de vencimiento que aparece en la tarjeta física del EAD . ¿Qué significa esta extensión automática del TPS para los trabajadores bajo esta categoría? Para los hondureños y nicaragüenses que cuentan con TPS y cuyo permiso de trabajo ya venció o está a punto de vencer, esta es una excelente noticia. Gracias a esta extensión automática: Pueden seguir trabajando legalmente en los Estados Unidos hasta el 18 de noviembre de 2025. No es necesario solicitar una nueva tarjeta EAD por el momento  para demostrar autorización de empleo, mientras USCIS no publique lo contrario. Es recomendable que los trabajadores impriman la página oficial de USCIS  que confirma esta extensión y la presenten a su empleador como respaldo. Si usted o su empleador tienen dudas sobre el estatus del permiso de trabajo , comunícate con un especialista en inmgiración para recibir la orientación correcta. ¿Y qué deben hacer los empleadores? Los empleadores también deben prestar atención a esta actualización, ya que afecta directamente sus obligaciones bajo el cumplimiento del Formulario I-9 y el sistema E-Verify. Esto es lo que deben tener en cuenta: Los EAD con códigos de categoría A12 o C19 , emitidos a beneficiarios del TPS de Honduras o Nicaragua, son válidos automáticamente hasta el 18 de noviembre de 2025 . Los empleadores deben reverificar el Formulario I-9  del trabajador oportunamente, y adjuntar una copia impresa de la página de USCIS  que confirma la extensión automática. Si algún trabajador fue despedido recientemente por tener el permiso de trabajo vencido, puede ser elegible para recontratación inmediata  bajo esta nueva extensión. Los empleadores inscritos en E-Verify deben ejecutar los "Change of Status Reports"  para reflejar la extensión automática. Como buena práctica, los empleadores y sus representantes legales deben guardar un PDF o impresión del sitio oficial de USCIS , incluyendo la fecha, como prueba del fundamento legal utilizado al completar los formularios. Consulta directamente las páginas oficiales de USCIS para obtener más información sobre el TPS de Honduras y Nicaragua Esta extensión automática representa un alivio temporal, pero importante, para miles de hondureños y nicaragüenses que viven y trabajan legalmente en Estados Unidos bajo TPS. Tanto empleados como empleadores deben mantenerse informados y cumplir con las indicaciones de USCIS para evitar errores que puedan poner en riesgo el estatus migratorio o el cumplimiento legal del empleo. Si tienes dudas sobre cómo demostrar la validez de tu permiso de trabajo, o eres empleador y necesitas orientación para manejar esta extensión correctamente, te invitamos a comunicarte con nuestro equipo legal . Estamos aquí para ayudarte.

  • Opciones legales para hondureños con TPS que vence en septiembre de 2025

    Beneficiarios de TPS de Honduras cuentan con diferentes opciones legales para mantener su estatus legal y ajustar a una residencia permanente. El Estatus de Protección Temporal (TPS) para Honduras está programado para vencer el 5 de septiembre de 2025, según información oficial publicada por el Departamento de Seguridad Nacional. Este programa ha ofrecido protección contra la deportación y permisos de trabajo a miles de hondureños desde 1999. Con su vencimiento cada vez más cerca, muchos beneficiarios enfrentan la incertidumbre de quedarse sin estatus migratorio legal en Estados Unidos. Permanecer en el país sin estatus puede tener graves consecuencias. Las personas pueden ser puestas en procesos de deportación, perder su permiso de trabajo y comenzar a acumular presencia ilegal, lo que puede cerrarles la puerta a beneficios migratorios futuros. Aunque algunos ya tienen otros trámites migratorios pendientes, muchas personas dependen únicamente del TPS como protección. Este artículo tiene como objetivo orientar sobre las opciones legales disponibles para permanecer en Estados Unidos y, eventualmente, ajustar su estatus a residencia permanente. Es importante destacar que cada caso es diferente y este contenido no sustituye la orientación legal de un abogado de inmigración. Explora tus opciones legales para ajustar el estatus. Acumular presencia ilegal puede traer consecuencias negativas al futuro de tu caso migratorio. Visa de Inversionista E-2 Muchos hondureños con TPS han vivido más de 20 años en el país, han construido negocios y generado empleos. Si la persona tiene nacionalidad de un país con tratado de comercio con EE. UU., como Honduras, puede aplicar a la visa E-2 con una inversión mínima. Esta visa permite vivir y trabajar legalmente en el país junto con su familia. No requiere patrocinador y puede ser una excelente opción para quienes ya tienen negocios establecidos. Eso sí, la persona no debe haber acumulado presencia ilegal y debe haber ingresado legalmente. Aunque esta visa no otorga residencia directa, sí permite solicitarla en el futuro si se cumplen ciertos requisitos. Asilo Político El asilo sigue siendo una opción válida para muchas personas, incluso si han vivido por más de un año en Estados Unidos. Aunque el asilo generalmente debe solicitarse dentro del primer año de entrada, hay excepciones cuando se presentan cambios materiales en el país de origen. Por ejemplo, si existen nuevas amenazas o represión por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social particular, como puede ser el caso de mujeres víctimas de violencia o personas LGBTIQ+, el solicitante puede presentar una petición válida. Es fundamental demostrar que existe un temor creíble de persecución basado en hechos actuales y documentados en Honduras. El asilo político te brinda un estatus legal y protege de la deportación. Consulta con un especialista si eres elegible. Peticiones Familiares y Laborales Otra vía para ajustar el estatus es mediante una petición familiar o laboral. Si un familiar ciudadano o residente permanente presenta una petición I-130 y esta es aprobada, se puede abrir la puerta al ajuste de estatus. Lo mismo ocurre si un empleador realiza una petición I-140. Sin embargo, es importante tener en cuenta que mientras estos procesos están pendientes, la persona no cuenta con protección automática contra la deportación y puede estar acumulando presencia ilegal si no tiene otro estatus migratorio vigente. Por ello, es crucial revisar cada caso con un abogado para no perder oportunidades por detalles técnicos. Visa U y Visa VAWA Existen otras opciones legales, como la Visa U, destinada a personas que han sido víctimas de delitos en EE. UU. y han cooperado con la policía. También está la visa VAWA, que protege a personas víctimas de violencia doméstica por parte de un ciudadano o residente permanente. Estas vías permiten obtener estatus legal y eventualmente la residencia, y muchas personas no saben que califican. Es importante evaluarlo con un abogado especializado. Algunos beneficiarios del TPS han utilizado el permiso anticipado (Advance Parole) para salir y reingresar legalmente a Estados Unidos. Este reingreso puede ser clave para ajustar estatus desde dentro del país, evitando así la necesidad de salir a una entrevista consular en Honduras. Tener una entrada legal abre oportunidades para quienes ahora tienen peticiones familiares o laborales aprobadas y desean obtener su residencia sin salir del país. El fin del TPS no significa que todo está perdido. Existen distintas opciones legales que pueden ser consideradas dependiendo de cada situación particular. Lo más importante es actuar a tiempo y buscar asesoría profesional para evaluar las mejores alternativas. No esperes al último momento: mantener tu estatus legal puede abrir el camino hacia la residencia permanente para ti y tu familia.

  • USCIS desestima solicitudes de asilo por supuestas órdenes previas de remoción expedita

    USCIS desestima solicitudes de asilo afirmativo al alegar erróneamente que los solicitantes tienen órdenes previas de remoción expedita, dejando a muchos inmigrantes en una situación legal incierta y vulnerable. La División de Asilo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha comenzado a desestimar solicitudes de asilo afirmativo (Formulario I-589) alegando que algunos solicitantes tienen órdenes previas de remoción expedita (Formulario I-860), aun cuando muchos de ellos nunca fueron puestos formalmente en ese tipo de proceso. Según reportes recopilados por la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA), numerosos solicitantes que ingresaron al país y fueron puestos bajo procedimientos regulares de deportación o incluso liberados bajo parole, están recibiendo notificaciones de desestimación de sus casos por parte de USCIS. Esta acción los deja en una situación de gran vulnerabilidad: sin protección legal inmediata, en riesgo de detención, y sin posibilidad de que su solicitud sea evaluada en un entorno no adversarial. Históricamente, el gobierno federal había reconocido que una persona con una solicitud de asilo pendiente estaba en un “periodo de estadía autorizado”, y no se le consideraba deportable por el solo hecho de no tener otro estatus migratorio. Esta interpretación permitía que los solicitantes permanecieran en el país mientras esperaban una decisión sobre su caso. Sin embargo, esta práctica parece estar cambiando bajo la actual administración. Lo más preocupante es que en muchos de estos casos ni siquiera existe documentación oficial que respalde la existencia de una orden de remoción expedita. En consecuencia, los solicitantes deben ahora enfrentar procedimientos defensivos en corte o solicitar una entrevista de miedo creíble (CFI), como si nunca hubieran comenzado el proceso de asilo afirmativo. ¿Qué representa esta situación y qué se debe hacer? Desde el punto de vista legal, esta práctica de USCIS plantea serias preocupaciones. Las regulaciones federales son claras en establecer que USCIS tiene jurisdicción inicial sobre las solicitudes de asilo afirmativo presentadas por personas físicamente presentes en el país y que no han sido referidas a una corte migratoria mediante un Formulario I-862 (NTA). Si USCIS ha aceptado una solicitud y emitido un recibo de procesamiento, su competencia está establecida, y desestimar el caso posteriormente por una supuesta falta de jurisdicción sin base documental válida podría constituir una violación del debido proceso. Además, al dejar al solicitante sin opciones claras y sin la protección mínima durante el proceso, se abre la puerta a detenciones arbitrarias y a la posible deportación de personas que aún no han tenido su día en corte. Esto no solo socava la integridad del sistema de asilo, sino que también contradice el principio fundamental de que nadie debe ser devuelto a un país donde su vida o libertad corran peligro. Es esencial estar atentos, monitorear frecuentemente sus cuentas en USCIS, obtener copias de sus expedientes (FOIA), y prepararse estratégicamente para solicitar una entrevista de miedo creíble si fuera necesario. Como abogados de inmigración, debemos alzar la voz ante estas prácticas y recurrir a todas las vías legales para defender los derechos de quienes buscan protección.

  • Corte de Apelaciones declara inconstitucional orden ejecutiva de Trump sobre ciudadanía por nacimiento

    Corte federal de apelaciones declaró inconstitucional la orden ejecutiva de Trump que intentaba restringir la ciudadanía por nacimiento, reafirmando el derecho garantizado por la Enmienda 14 de la Constitución y protegiendo a hijos de inmigrantes nacidos en el país. Imagen cortesía de la Casa Blanca. “President Trump Signs Executive Orders in the Oval Office on February 25, 2025.” Disponible en: https://www.whitehouse.gov/gallery/president-trump-signs-executive-orders-in-the-oval-office-on-february-25-2025/ . Licencia: Creative Commons Attribution 3.0 (CC BY 3.0). La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito en San Francisco emitió este miércoles un fallo determinante que invalida la orden ejecutiva del presidente Donald Trump con la que buscaba restringir el derecho a la ciudadanía automática por nacimiento en Estados Unidos. En una decisión dividida 2 a 1, el tribunal concluyó que esta política viola la Cláusula de Ciudadanía de la Enmienda 14 de la Constitución de los Estados Unidos. El fallo también mantiene el bloqueo nacional de la orden, una medida que había sido cuestionada por el Tribunal Supremo en junio al limitar el uso de medidas cautelares universales (injunctions) por parte de tribunales inferiores. Sin embargo, la Corte Suprema dejó espacio para excepciones, lo que permitió que jueces en otros estados, como New Hampshire, continuaran emitiendo bloqueos nacionales en casos específicos, como demandas colectivas. Los jueces del Noveno Circuito sostuvieron que permitir que la orden ejecutiva entrara en vigor en algunas jurisdicciones pero no en otras generaría consecuencias perjudiciales para los estados demandantes, Washington, Arizona, Illinois y Oregón, al obligarlos a modificar sus programas sociales y registros civiles en respuesta a ciudadanos que ya no serían reconocidos como tales bajo la nueva norma. “Es imposible evitar este daño sin una aplicación uniforme de la cláusula de ciudadanía en todo el país”, escribió el juez Ronald Gould en la opinión mayoritaria. La decisión ratifica el fallo previo del juez federal John Coughenour, quien ya había calificado la orden ejecutiva como “flagrantemente inconstitucional”. La postura fue respaldada por el juez Michael Hawkins, mientras que el juez Patrick Bumatay, designado por Trump, disintió al considerar que los estados no tenían fundamento legal para presentar la demanda y que el caso representaba un ejemplo de “extralimitación judicial”. La Casa Blanca reaccionó con desacuerdo, anticipando una apelación ante el pleno del Noveno Circuito o directamente ante la Corte Suprema, donde se espera que el tema sea finalmente resuelto. ¿Qué implicaciones tiene esta decisión para el futuro de la ciudadanía por nacimiento? Este fallo reafirma uno de los principios más fundamentales del sistema jurídico estadounidense: la ciudadanía por nacimiento, establecida en la Enmienda 14, no puede ser modificada mediante una orden ejecutiva. La decisión protege los derechos de miles de niños nacidos en territorio estadounidense, independientemente del estatus migratorio de sus padres. En la práctica, esta victoria jurídica frena temporalmente una política que hubiera provocado consecuencias devastadoras para muchas familias inmigrantes, generando incertidumbre en la emisión de documentos civiles, acceso a beneficios públicos, y elegibilidad para futuras solicitudes migratorias. Además, fortalece la doctrina del “ jus soli ” (derecho de suelo), aún vigente en Estados Unidos, como un principio constitucional inviolable. Es importante destacar que aunque este fallo representa una barrera significativa para la administración Trump, el caso aún puede ser llevado ante la Corte Suprema. De hacerlo, se abriría una batalla judicial crucial que definirá los límites del poder ejecutivo en materia migratoria y la interpretación del derecho a la ciudadanía. Mientras tanto, este precedente envía un mensaje claro: ningún presidente puede redefinir quién es estadounidense por nacimiento sin pasar por el debido proceso legislativo y sin respetar la Constitución.

  • ¿Cómo afecta One Big Beautiful Bill Act a los procesos de inmigración?

    El One Big Beautiful Bill Act propone una reforma migratoria restrictiva que amplía la detención, eleva tarifas y limita beneficios para inmigrantes en EE.UU. Imagen cortesía de la Casa Blanca. Disponible en: https://www.whitehouse.gov  (Foto original: P20250626MR-0637 ). Licencia: Creative Commons Attribution 3.0 (CC BY 3.0). El One Big Beautiful Bill Act  representa una de las propuestas legislativas más amplias y agresivas en materia migratoria presentadas en los últimos años. Impulsado por legisladores republicanos, este paquete busca reformar el sistema de inmigración con un enfoque fuertemente centrado en la seguridad fronteriza, la expansión de la detención y deportación, el aumento de tarifas migratorias, y la restricción de beneficios públicos a inmigrantes. Aumento sin precedentes en el financiamiento para ICE, CBP y defensa Una de las características más sobresalientes del OBBBA es la asignación de aproximadamente 170 mil millones de dólares en nuevos fondos para agencias encargadas de la seguridad nacional e inmigración como el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Este financiamiento se extendería desde 2025 hasta 2029. Este presupuesto multiplicaría casi por diez los recursos actuales de ICE, permitiendo una expansión masiva de su personal, infraestructura, y operaciones. La propuesta incluye más de 45 mil millones de dólares destinados exclusivamente a la ampliación de centros de detención, así como otros 46 mil millones para la construcción de muros fronterizos, tecnología de vigilancia y sistemas de control biométrico. La lógica detrás de estas cifras apunta a convertir la frontera en un espacio de vigilancia constante y de control militarizado. Expansión de las detenciones y deportaciones El proyecto establece el objetivo de duplicar la capacidad de detención de inmigrantes en el país. Actualmente, el sistema cuenta con alrededor de 41 mil camas para personas en procesos migratorios; sin embargo, el OBBBA planea expandir esta cifra a más de 100 mil, lo que lo convertiría en el sistema de detención migratoria más grande del mundo. Además, se contempla la contratación de más de 10 mil nuevos agentes de ICE, 3 mil agentes adicionales para la Patrulla Fronteriza y 5 mil oficiales para aduanas. Esta fuerza operativa permitiría aumentar considerablemente las redadas y las deportaciones, con estimaciones que sugieren la posibilidad de expulsar hasta un millón de personas al año. Este enfoque no distingue entre personas con antecedentes penales y aquellas que simplemente están en el país sin estatus legal. Mantente informado con nostoros No te pierdas el análisis legal de cada noticia Nuevas tarifas que encarecen los procesos migratorios El OBBBA también propone implementar una serie de tarifas elevadas para diversos trámites migratorios que hasta ahora eran gratuitos o de bajo costo. Por ejemplo, se contempla un cargo anual de $100 para solicitantes de asilo, $550 por permisos de trabajo (EAD), $900 por mociones para reabrir casos, $250 por solicitudes de visas no inmigrantes, y hasta $1,000 por solicitudes de parole humanitario. Estas tarifas representan un obstáculo significativo para miles de inmigrantes de bajos recursos que buscan regularizar su estatus o mantenerse protegidos mientras sus casos avanzan. Organizaciones defensoras de los derechos de los inmigrantes advierten que esto creará una barrera económica que limita el acceso a la justicia migratoria y a la protección humanitaria. Restricciones a beneficios públicos para inmigrantes El proyecto también busca limitar el acceso de los inmigrantes a servicios y beneficios públicos. Propone eliminar el acceso a programas como SNAP (cupones de alimentos), Medicaid, el Programa de Seguro Médico Infantil (CHIP), y el Crédito Tributario por Hijos para ciertas categorías de inmigrantes. Además, introduce requisitos laborales más estrictos para acceder a algunos programas. Por ejemplo, impone una obligación de trabajar al menos 80 horas mensuales a personas de entre 18 y 54 años para poder recibir asistencia alimentaria. Estas condiciones podrían dejar sin acceso a servicios básicos a muchas familias inmigrantes, incluso aquellas con hijos ciudadanos estadounidenses. “It’s one big, beautiful bill to stop the invasion at our southern border.”   P residente Donald J. Trump Esta frase refleja el tono político y el enfoque restrictivo que impulsa la propuesta. Expansión del uso de tecnología biométrica y vigilancia El OBBBA propone una inversión considerable en tecnología de vigilancia, incluyendo el desarrollo de sistemas biométricos avanzados como el reconocimiento facial, huellas dactilares y análisis de voz. A esto se suma la creación de una plataforma centralizada denominada “ImmigrationOS”, diseñada para monitorear y cruzar información de millones de inmigrantes y solicitantes en tiempo real. También se destinarían más de 140 mil millones de dólares a la instalación de drones, torres de vigilancia, cámaras inteligentes, sensores de movimiento y otras herramientas tecnológicas a lo largo de la frontera. Estas medidas se complementan con la ampliación del programa 287(g), que permite la colaboración de agencias policiales locales y estatales con ICE para identificar y detener a inmigrantes sin estatus. ¿Qué cambia con respecto a las políticas anteriores? El OBBBA representa un cambio de paradigma con respecto a la política migratoria anterior. Mientras que administraciones pasadas, incluso conservadoras, habían mantenido ciertos canales de alivio migratorio, protección humanitaria y acceso a servicios públicos, este nuevo proyecto pone el énfasis casi exclusivo en la vigilancia, el castigo y la exclusión. Donde antes existía una lógica de balance entre control fronterizo y derechos humanos, el OBBBA instala un modelo punitivo: más detenciones, más deportaciones, más barreras económicas, y menos acceso a ayuda para personas en situación vulnerable. El One Big Beautiful Bill Act  plantea un escenario profundamente restrictivo para los inmigrantes en Estados Unidos. Si se aprueba, podría tener efectos devastadores sobre millones de personas, especialmente aquellas que ya enfrentan obstáculos legales, económicos o humanitarios. El proyecto no sólo endurece las reglas, sino que reestructura el sistema desde una perspectiva más excluyente, con menor sensibilidad hacia las necesidades humanas de quienes migran buscando protección, trabajo o reunificación familiar. Por tanto, representa una de las propuestas más controvertidas y regresivas en materia migratoria de las últimas décadas.

  • ¿Es posible obtener un perdón migratorio si has cometido una felonía?

    Los inmigrantes con ciertos antecedentes penales aún pueden calificar para un perdón migratorio, dependiendo de su caso y de cómo se interprete la ley aplicable. Para muchos inmigrantes que enfrentan cargos criminales o han sido condenados por delitos graves, la posibilidad de permanecer en los Estados Unidos puede parecer imposible. Sin embargo, la ley migratoria contempla ciertas exenciones y perdones que permiten a personas con antecedentes penales solicitar alivio migratorio, dependiendo del tipo de delito, su estatus migratorio, y otros factores humanitarios. A continuación, analizamos diferentes escenarios a partir de tres casos emblemáticos que han ayudado a definir los límites y oportunidades que ofrece el sistema migratorio estadounidense para quienes buscan un segundo chance. Perdón bajo la sección 209(c) del INA – Matter of L-T-P- (2016) Este caso involucró a un ciudadano cubano que ingresó al país como parte del éxodo del Mariel y fue etiquetado como “Cuban/Haitian Entrant”. Intentó ajustar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano y también solicitó un perdón bajo la sección 209(c), que se reserva para asilados o refugiados. Sin embargo, el tribunal determinó que no calificaba como tal, ya que su entrada al país no fue formalmente como refugiado ni asilado. Lección legal:  No basta con tener una entrada humanitaria o estar etiquetado como “entrante” para acceder al perdón 209(c); se debe haber sido admitido formalmente como asilado o refugiado. Sin embargo, en este caso, se aclaró que una persona con este tipo de entrada aún podría intentar ajustar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano, si no es inadmisible por delitos graves. La doctrina categórica y delitos estatales – Natalia Lorena Cintron v. U.S. Attorney General (2018) Natalia Cintron, una residente permanente argentina, enfrentaba la deportación por una condena bajo el estatuto de narcóticos de Florida. El Departamento de Seguridad Nacional consideró que se trataba de un “aggravated felony” y la BIA confirmó esa decisión. Sin embargo, el 11º Circuito determinó que el estatuto estatal era demasiado amplio e indivisible, y que no podía considerarse automáticamente un delito grave bajo la ley federal de inmigración. Lección legal:  No todas las condenas por drogas, incluso si son serias a nivel estatal, califican como “aggravated felony” bajo la ley migratoria federal. Gracias a esta interpretación, muchas personas pueden seguir luchando por beneficios como la cancelación de remoción o la residencia permanente. Limitaciones del perdón 212(h) – Matter of Lanier En este caso, un inmigrante argentino fue deportado tras una condena por fraude electrónico, y luego intentó obtener un perdón bajo la sección 212(h). Aunque argumentó que su condena debía ser eximida, el perdón fue denegado porque él había sido admitido directamente como residente permanente en un puerto de entrada. El precedente del caso “Lanier” solo aplica a quienes ajustaron su estatus dentro del país, no a quienes fueron admitidos desde el inicio como residentes. Lección legal:  La sección 212(h) permite pedir un perdón por ciertos delitos, pero no está disponible para quienes fueron admitidos como residentes y luego cometieron un “aggravated felony”. Este impedimento se mantiene incluso si el ingreso ocurrió cuando el inmigrante era menor de edad. Los perdones migratorios por delitos son técnicamente posibles, pero están rodeados de restricciones legales muy específicas. La elegibilidad puede depender del tipo de delito, de cómo fue procesado a nivel estatal, del momento en que se obtuvo la residencia, y de la manera en que se ingresó al país. Cada caso debe ser evaluado individualmente por un abogado de inmigración con experiencia en derecho penal. Si tú o un ser querido enfrentan problemas migratorios por antecedentes penales, es fundamental consultar con un abogado que pueda revisar tu caso a fondo y determinar si puedes acceder a un perdón o beneficio migratorio.

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